TRAMITES PARA MATRIMONIO CATOLICO

TRAMITES PARA INICIAR EXPEDIENTE: MATRIMONIO CATOLICO
Si tu intención es contraer matrimonio católico lo principal es mirar la Iglesia donde deseas realizarlo, ya que en muchos casos hay que reservar la misma hasta con un año (o más) de antelación. Como este hecho puede variar de un lugar a otro, es mejor que preguntes directamente en la propia Parroquia, ellos sabrán asesorarte mejor.
El siguiente paso es realizar el Expediente Matrimonial, aquí lo mejor es preguntar en la Parroquia correspondiente cómo proceden ellos; en general has de realizar el expediente en la Parroquia donde vives.
DOCUMENTACION REQUERIDA
1. PARTIDA DE BAUTIZMO: de cada contrayente; expedido por la Parroquia donde fueron bautizados.
- Si fueron bautizados en una Parroquia distinta -a donde efectúan el expediente- deberán solicitar la partida de bautismo por teléfono, correo, a través de un familiar o acudiendo personalmente.
- Si la Parroquia donde fueron bautizados pertenece a una Diócesis distinta a donde efectúan el expediente, deberán legalizar. Para legalizarla hay que llevar la partida de bautismo al Obispado correspondiente, quienes emitirán la legalización.
2. PARTIDA DE NACIMIENTO LITERAL O LIBRO DE FAMILIA DE LOS PADRES: donde figuran los datos para el Registro Civil.
- Si uno de los contrayentes es extranjero, deberá presentar la partida de nacimiento legalizada.
- La partida de nacimiento literal se puede solicitar por Internet en la web del Ministerio de Justicia.
3. Fotocopia del DNI, PASAPORTE O TARJETA DE RESIDENCIA de ambos contrayentes.
4. CERTIFICADO DE SOLTERIA ECLESIASTICO: se necesita sólo cuando los novios pertenecen a diócesis diferentes a donde se van a casar o cuando se ha pasado más de un año en el extranjero.
En otros casos hay que presentar:
Viudez: partida de defunción del cónyuge en el caso de los viudos. Este certificado se obtiene en el Registro Civil.
Permiso Paterno: se debe solicitar si alguno de los contrayentes es menor de edad.
Dispensas: sólo en el caso de que existan impedimentos previstos en el Derecho Canónico, cómo por ejemplo:
- Matrimonio entre distintas religiones.
- Matrimonio entre bautizado y no bautizado.
- Matrimonio por procurador; es decir, cuando alguno de los contrayentes no puede estar presente en la celebración de la boda.
- Matrimonio entre personas de distinta nacionalidad.
- Matrimonio cuando alguno de los contrayentes no tiene domicilio fijo.
5. CERTIFICADO de realización de los CURSOS PREMATRIMONIALES:
- Se pueden realizar en la propia Parroquia donde se contraerá matrimonio ó en una Parroquia distinta.
- Suelen realizarse uno o dos veces al año; pueden ser de duración intensiva (un solo fin de semana) o una hora diaria por un tiempo determinado.
- Preguntar directamente en la Parroquia que les interese sobre las fechas y las posibilidades de realización.
Nota: Es importante que tengas en cuenta las fechas de caducidad de todos los documentos, que suelen ser de 6 meses.
6. TESTIGOS: quienes deberán acudir con los novios para iniciar el expediente.
- Dos testigos (uno por cada novio).
- Ser mayores de edad.
- Presentar el DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
- No ser familiar cercano de ninguno de los contrayentes, pero si conocerlos suficientemente.
- Se les pedirá, a los testigos, su testimonio para confirmar que ninguno de los novios este casado, tenga algún impedimento para contraer matrimonio y que se presenta libremente sin ser coaccionado.
TESTIGOS DEL DIA DE LA BODA: no tienen por que ser los mismos que los testigos para iniciar el expediente. Estos testigos deberán:
- Ser mayores de edad.
- Estar durante la celebración para testimoniar que se ha realizado.
- Firmar el terminar la celebración.
- Los padrinos pueden ser a su vez testigos.

REALIZAR EL EXPEDIENTE
1. Solicitar cita en la Parroquia: donde deberán presentarse los contrayentes con la documentación correspondiente y los dos testigos.
- Se le preguntará a los contrayentes sus datos personales así como los datos (nombre, dirección, Diócesis) de la Parroquia donde se pretende contraer matrimonio.
2. Firma del expediente, por parte de los novios y los testigos.
3. Publicación de las amonestaciones: es el anunció público de la intención de los novios de contraer matrimonio con la finalidad de asegurar que no exista ningún impedimento legal o de otra índole que pueda impedir dicho enlace.
- Se publica en el tablón de anuncios de la Parroquia de residencia de cada contrayente y en la que se ha vivido hasta la mayoría de edad.
- Deben exponerse durante 3 semanas consecutivas.
- En algunos casos son los novios quienes deben llevar a las distintas Parroquias las amonestaciones para su publicación y luego entregar la notificación de dicha publicación.
4. Llevar al Obispado el expediente, una vez realizado.
- Hay Parroquias que tramitan personalmente estos trámites para comodidad de los novios.
- Si uno o ambos novios piensan contraer matrimonio en una Diócesis diferente al lugar de residencia deberán obtener -previamente- una declaración y un permiso del rector de la Diócesis a la que pertenezcan.
5. Donativo: este no es un trámite como tal pero las Parroquias piden una contribución económica para el pago de los gastos del servicio de culto.
- El monto puede variar de una Parroquia a otra, pudiendo llegar a los 1000 euros (o más).
- El pago de este donativo suele hacerse a la reserva de la fecha.
- Aunque se entiende como “donativo” este suele ser un monto ya estipulado por la propia parroquia y de obligatorio pago.
INSCRIPCIÓN DEL MATRIMONIO
Hay que tener en cuenta que para que se reconozcan los derechos civiles a una boda religiosa hay que efectuar la inscripción del matrimonio en el Registro Civil (que será el encargado de entregar el Libro de Familia) con la simple presentación de la certificación que la Iglesia ha de entregar a los contrayentes una vez celebrada la boda (artículos 61 y 63 del Código Civil).
- Se suele tener 5 días hábiles para la presentación del acta en el Registro Civil una vez efectuada la boda eclesiástica.
- Pregunta en tu Parroquia, ya que muchas se encargan personalmente de efectuarles este trámite a los novios.
Elaboración propia a partir de los artículos de Bodas Madrid, Bodas-Banquete
Fotos: Funky Town Photography
Tal como hoy publicaba...
- PASHMINAS - 2008
Y ahora puedes elegir entre:
―Leer los temas que pudieran tener alguna relación con este.
―Leer el tema anterior: « DETALLES DE UNA BODA REAL: Rosi & Javi
―Leer el tema siguiente: PASHMINAS »
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Comentarios
Hola…quisiera preguntarle con respecto a los anillos de compromiso, ellos deben ser iguales para el novio y la novia…..o pueden ser distintas…Pues según el joyero estas deben ser iguales…
El padre se molestara si son distintas…..es una norma que sean iguales los anillos..
Gracias por su respuesta
Hola Lucas:
Tradicionalmente las alianzas son del mismo modelo, pero se está poniendo de moda que sean distintas (cada uno tiene su propio estilo y así se puede reflejar en los anillos).
Si tu joyero te quiere vender ambas alianzas del mismo modelos y tu no las deseas así ¡cambia de joyero!
Ya lo del tema “párroco” no sabría decirte, porque cada padre es distinto en sus formas. Mejor le preguntas a tu cura personalmente…
no hay nada estipulado ni que “obligue” a llevar ambas alianzas idénticas.
Hola me gustaria saber si se puede casar por segunda ocasion y cuales son los tramites requeridos y que posibilidad existe de la aprobacion.
Hola Julissa.
Hasta donde sé, para casarte en segundas nupcias por la Iglesia Católica debes tener la nulidad eclesiástica (otorgada por el tribunal eclesiástico competente que declare el matrimonio nulo), pues con el divorcio ordinario (el de caracter legal) no es suficiente.
En el caso de que ambos novios hayan contraido un primer matrimonio por el rito religoso ambos deberán aportar dicha nulidad por el derecho canónico.
La exepción está en el caso de las personas que sean viudas, las cuales si pueden volver a tomar los votos matrimoniales.
Ahora bien, para casarte tan sólo necesitas cumplir con los requisitos exigidos en el código civil, y celebrar dicha boda exclusivamente por el matrimonio civil. Para lo cual necesitarias el certificado literal del matrimonio anterior, con anotación marginal del divorcio.
Hola:
Me voy a casar en abril por la iglesia, yo naci en Belgica pero vivo en España desde pequeña y tengo el DNI español.
¿Me podrias decir como puedo conseguir la partida de bautismo y la partida de nacimiento?
Gracias
Hola Trinidad…
Pues -si no me equivoco- la partida de nacimiento literal tienes que solicitarla en la Iglesia donde te hayan bautizado. Si te bautizaron en Bélgica pues es alli donde debes pedirla.
La partida de nacimiento la puedes solicitar en España, en el Registro Civil Central… puedes solicitarla por internet en la web del Ministerio de Justicia pero has de dar el número del tomo (etc, etc) para que la consigan con facilidad y te la envien sin problemas.
Sino tendrás que solicitarla en Madrid y te aseguro que es un rolloooo por las colas y pocos números que dan (aparten no te la entregan el mismo día).
Respuesta a Lucas:
Como te dice Keyla, no hay norma ni civil ni religiosa, que diga que los anillos han de ser iguales.
Yo me caso en 3 semanas y hemos comprado alianzas distintas. Ni mi joyero, ni mi padre, ni mi parroco, han puesto pega alguna.
Es posible contraer matrimonio catolico sin efectos civiles?
Vaya… pues no sabría decirte la verdad.
En principio yo supongo que sí, el sacramento del matrimonio es una cosa distinta al matrimonio civil, pero es éste el que tiene efectos reales, legales. O sea, que casarte “solo” por la Iglesia no tiene efectos salvo religiosos; por lo cual ante la ley no estarías casada.
Pero mira, esto ya deberías preguntarlo directamente en tu Parroquía, que ellos te asesoren al respecto.
Si una persona casada por civil e iglesia se ha divorciado y luego de un tiempo contrae matrimonio civil con otra pareja y luego de unos años su anterior pareja fallece. Queda habilitado legitimamente por la iglesia para contraer matrimonio?
Hasta donde tengo entendido, SI.
El matrimonio religioso “pierde” (si se puede emplear esa palabra) su validez solo ante el fallecimiento o la nulidad eclesiástica.
Por tanto, ante el infortunio del fallecimiento de tu primera esposa (aún cuando lleves tiempo separado legalmente), quedas libre para volver a tomar el sacramento del matrimonio.
De todas formas, como suelo responder a todos, estas particularidades mejor la preguntais a vuestro párraco.
mi pregunta es yo ya me case por iglesia pero tengo 5 años de divorciado mi ex esposa ya formo otra familia y tiene hijos yo estoy por casarme y quisiera saber si puedo solicitar un permiso para poderme casar por la iglesia nuevamente ella nunca ha estado casada
Hola Carlos
Si no tienes la “nulidad eclesiásticas” no puedes contraer matrimonio por la iglesia en segundas nupcias.
Como lo que debes tener es el “divorcio” (civil) puedes volver a casarte solo por esta vía.
CUANTOS AÑOS DEBO TENER PARA CONTRAER MATRIMONIO PAR LA IGLERSIA
La edad legal que la Leyes de tu país permitan.
solo mi duda era si uno puede ser testigo dos veces por el civil
porfavor me responde con urgencia gracias xao
hola,
yo me divorcie hace un tiempo y me quiero volver a casar. mi pregunta es si hay alguna restricción para que pueda volver a utilizar un vestido típico de novia.
NINGUNA!!
Haz lo que desees, como desees!!
El protocolo si estipula que una novia en segundas nupcias debe usar un traje chaqueta, perooooo hoy en día la verdad el protocolo se queda un poco aparte.
Así que puedes hacer lo que mejor te venga… Eso si, siempre teniendo en cuenta el tipo de celebración que vas a realizar y un poco de sentido común. Nada más!!
(además hoy en día hay muchisimos modelos y una paleta muy amplia de blancos)
De hecho, si gustas mirate este post: http://diariodebodas.es/2008/04/30/el-si-quiero-por-segunda-vez/
[...] CATOLICO: deberá presentar el certificado de la celebración del mismo, expedido por la Parroquia [...]
[...] obligatorio, ya que el certificado que nos entregan por haberlos realizado forma parte de los trámites necesarios para contraer [...]
hola voy a casarme myu pronto por la iglesia catolica quisiera saber si esta legal aunque no lo registre en una notaria, no deseo registrarlo en una notaria .
No deseo hacerlo legal solo casarme por la iglesia deseo saber si esto es posible.
Hola Helen… pues no sé muy bien a qué te refieres. La verdad sólo conozco la ley en España y aquí la boda celebrada bajo el rito católico tiene efectos legales automáticos (bueno tras la firma del acta matrimonial y registro).
Ahora si te refieres a casarte sólo por la Iglesia aquí en España sin tener connotaciones legales la verdad no sé si eso es posible. Debes ya preguntarlo en tu parroquía.
Hola:
Soy espan-ola pero residente en Londres con mi pareja que es de Ghana. Nos casamos en Espan-a este verano y aún estamos un poco dudosos de cómo van los trámites. El tiene permiso de trabajo en Londres, pero cómo afectaría este matrimonio a su condición o no afecta en absoluto? Porque a pesar de que la boda sea en Espan-a nosotros seguiríamos viviendo en Londres. Hemos hablado con la parroquia en Esp. y en Ingl. Nos han abierto el expediente en Londres y tenemos que hacer el cursillo aquí. Después llevaremos la dispensa a la iglesia de Esp. Por ser extranjero necesitamos traducir alguna documentación o hacerle la apostilla de la Haya? No sé si podrás ayudarme, pero te lo agradecería.
Un saludo.
Alicia
Hola Alicia!
Yo de verdad no soy abogada por lo que en temas de familia no sé nada, salvo la información que he colocado. Entiendo las dudas de todos pero cada vez me lo están poniendo más dificil.
Ahora bien, el matrimonio no tiene porque afectar en nada la condición de residencia de tu pareja en Londres.
Los pasos a seguir con la tramitación de un expediente que no esté en español los tienes en este post: http://diariodebodas.es/2008/04/05/tramites-para-extranjeros/ Echale un vistazo, porque efectivamente la documentación de él tendrá que ser traducida.
De resto solo felicitarte por tu boda!!
me quiero casar y no localizo la partida de bautismo, sólo se que me bautizaron en Madrid. ¿qué tengo que hacer?
Hola Ana… pues la verdad que no lo sé, sólo se me ocurre que escribas a la Diócesis de Madrid y le consultes a ellos. Te dejo los datos:
Arzobispado.
Bailén, 8. 28071 Madrid. Teléf.: 91/ 454.64.00.
e-mail: archinet@planalfa.es
Hola¡
Quisiera saber que tengo que hacer, me quiero casar por la iglesia catolica pero mi novio es de otra religion.
Angelica Martinez
me voy a casar porque estoy embarazada pero mi duda es que mi abuelita dice que ya no me puedo casar de blanco de que otro color es aceptable por la iglesia para casarse
Hola Marcela… la verdad hoy en día puedes casasrte tranquilamente de blanco por la Iglesia, el único que puede poner algún problema es el párroco pero no por el color sino por el embarazo en sí mismo.
Ahora bien, hay muchos tonos de blanco con toques de color en el fajin, o puedes optar por los tonos cremas, champagne, beige.
Hola,
Soy un frances atheo y me caso en la iglesia con una española catholica este verano.
Donde puedo encontrar la información oficial de la iglesia que especifican el proceso del caso de una boda mixta (catolica+atheo).
Necesito la información ofcial y escrita porque hemos preguntado a 5 sacerdotes diferentes, y nos han dado 5 versiones diferentes.
Pierre
Hola Pierre:
Pues lo llevo chungo porque si los propios sacerdotes te han dado informaciones diferentes ya no tengo ni idea de dónde puedes averiguar.
En principio hasta donde yo sé simplemente tu no tomas los votos matrimoniales, sino que al final firmas el acta(civil) requerida para la validez legal de dicho matrimonio.
Para la documentación he de suponer que sólo debes entregar los requisitos que se exige para un matrimonio civil, salvo tu novia que tendrá que agregar su partida de bautizmo. Con el cursillo prematrimonial ya ni idea.
Creo que lo mejor es hacer lo que el Párroco que os casará considere.
HOla Mi pregunta es la siguiente:
Una persona qu ese casó por una iglesia de otra religión que no es la Católica y actualmente se ha divorciado, puede casarse Sacramentalmente en un futuro por la Iglesia Católica.?? Gracias
Hola, que documentos son necesarios para una boda catolica si ya he realizado yo el expediente civil por mi cuenta ??
Gracias
Hola Luna, pues supongo que los relativos al matrimonio católico. Es decir, la partida de bautizmo, el certificado de soltería eclesiastico y realizar los cursos prematrimoniales. Pero eso ya te lo confirman en la parroquia donde te cases.
Mi hijo es español y se va a casar por lo civil antes de venirse a españa con una mujer de corea del sur. Le sirve ese casamiento o debe casarse de nuevo? que debe de traer en caso de que le sirva ese casamiento?
Hola Sara,
Tendrás que preguntar en el Ministerio de Asuntos Interiores o en la Embajada de España en Corea del Sur, si el matrimonio es válido en españa, si debe inscribirlo en el consulado (que seguro tendrá que hacer la inscripción consular) y los siguientes pasos para el matrimonio religioso en España.
Es todo lo que puedo decir pues no tengo idea ya de temas tan puntuales y complicados.
mi padre se caso en el 2004 por la iglesia y no lo registro en al juzgado y luego en el 2006 se murio y ahora a finales del 2009 su compañera nos amenaza en formalizar la union en el registro civil. mi pregunta tiene aun derecho hoy.
gracias
buenos dias, soy una chica soltera que mi novio es casado por lo civil y la iglesia y divorciado hace 17 años,era muy joven. mi familia y yo somos muy creyente, la nulidad está pedida pero va ha tardar todavía mucho tiempo y deseariamos firmar en el registro civil (casarnos civilmente)sin celebración solo con los testigos tres o cuatro dias antes y despúes hacer una ceremonia normal en la iglesia el dia que queremos pero sin valided legal pues no firmamos en la iglesia ningún documento hasta que le concedan la nulidad. Pues no podemos esperar (4 o 5 años)mucho tiempo si queremos formar una familia pues no somos unos niños.
hola me quiero casar por lo civil y solo estoy separada legalmente me tengo que divorciar también para poder hacerlo. gracias
[...] Si uno o ambos novios son extranjeros deben cumplir con la misma documentación requerida para la tramitación del expediente matrimonial, ya sea civil o religioso. [...]
Hola, nos vamos a casar en unos meses, yo tengo la partida de bautismo legalizada pero mi novio fue bautizado en Francia y no tengo a nadie que me la facilite. Podemos casarnos con solo mi partida de bautizo?
Hola Adriana,
Evidentemente no puedes contraer matrimonio católico sin la partida de nacimiento de cada uno. Es la forma de comprobar que ambos estan bautizados por la Iglesia Católica.
En general no podeis casaros si cada uno no presenta sus respectivos documentos.
Hola, mi pareja y yo tenemos intención de casarnos por la iglesia este verano, él es católico y a mí me bautizaron pero no hice la comunión.A parte, aunque nací en España y he vivido aquí siempre, tengo nacionalidad aleman ¿puede suponer un problema?
La verdad, independientemente de esta duda, es que estaba algo perdida y esta página me ha ayudado a resolver varias dudas, es genial.
Muchísimas gracias.
mi prometido se caso por la iglesia hace tiempo y se divorcio y yo quiero casarme por la iglesia catolica con el que debo hacer? vivo en bolivia.
Hola!
Me gustaría casarme al aire libre en Madrid porque es una tradición en mi familia.
Me podrías decir los pasos a seguri, si tengo que pedir permiso, a quién, cómo hacerlo, cuánto tardan.
Muchas gracias!
Hola,
Me case anteriormente solo por lo civil en Argentina, me divorcie y ahora me gustaria casarme por Iglesia aqui en España. Segun tengo entendido al no haber realizado ceremonia religiosa previamente, no habria ningun impedimento. Podrias confirmarlo, por favor? Que tengo que presentar entonces como estado de solteria? y donde lo pido porque ademas me divorcie en Inglaterra. Los papeles de divorcio,no? muchas gracias
Hola Claudia,
Efectivamente mientras no hayas contraido matrimonio eclesiástico anteriormente puedes volver a casarte (o en caso de haber estado ya casada por la iglesia tener la nulidad eclesiástica).
El resto de tus dudas no las puedo resolver pues no sé la respuesta. Lo siento.